De conformidad con lo establecido en el EBEP sobre materias objeto de negociación, señale cuál es la respuesta correcta:
- A.La determinación de las condiciones de trabajo del personal directivo será objeto de negociación.
- B.La determinación y regulación, concreta y en cada caso, de los sistemas, criterios y procedimientos de acceso al empleo público serán objeto de negociación.
- C.La determinación y aplicación de las retribuciones básicas de los funcionarios públicos serán objeto de negociación.
- D.Los Planes de Previsión Social Complementaria serán objeto de negociación.Respuesta correcta
Explicación
Los Planes de Previsión Social Complementaria son materia de negociación colectiva obligatoria en el TREBEP. Las condiciones de trabajo del personal directivo están excluidas. La regulación concreta de sistemas de acceso está excluida (solo marcos generales). Las retribuciones básicas no negociables (sí complementarias). Esta estructura separa política de personal directivo de condiciones laborales generales. Personal directivo requiere libertad de decisión ejecutiva.