Según la Ley General Presupuestaria, con carácter excepcional podrán generar crédito en el Presupuesto del ejercicio los ingresos realizados:
- A.Por la venta de bienes.
- B.Por reembolso de préstamos.
- C.En el último trimestre del ejercicio anterior.Respuesta correcta
- D.Por prestación de servicios.
Explicación
La respuesta correcta es **C (Realizados en el último trimestre del ejercicio anterior)**. El artículo 53.5 de la Ley General Presupuestaria permite excepcionalmente que ingresos del último trimestre del año anterior generen crédito en el ejercicio en curso, permitiendo aprovechar ingresos de fin de año que no pudieron registrarse en su momento.