Pregunta 92

Tramitación Procesal y Administrativa - 2025 - Tramitación Procesal y Administrativa

Según lo dispuesto en el artículo 151.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en caso de acreditación por parte de una persona profesional de la procura de una causa de fuerza mayor a que se refiere el artículo 134 del mismo texto legal, los Colegios de procuradores podrá suspender el reenvío del servicio de notificaciones, durante un plazo máximo de:

  • A.Tres días hábiles.
  • B.Dos días naturales.
  • C.Cuatro días hábiles.
  • D.Cinco días Hábiles.Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es D. El artículo 151.2 de la LEC establece que los Colegios de Procuradores pueden suspender el servicio de notificaciones por fuerza mayor acreditada durante un plazo máximo de cinco días hábiles, protegiendo al procurador sin perjuicio indefinido de las comunicaciones.