Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el sumario, contra el auto que el Juez dicte decretando el procesamiento de alguna persona:
- A.Podrá interponerse recurso de reforma, y contra los autos denegatorios de la reforma podrá ser interpuesto recurso de apelación en un efecto. También podrá ser interpuesto el recurso de apelación en un efecto subsidiariamente con el de reforma en los casos en que la Ley expresamente lo permita.Respuesta correcta
- B.Podrá interponerse recurso de reforma, y contra los autos denegatorios de la reforma podrá ser interpuesto recurso de apelación en un efecto. En ningún caso podrá ser interpuesto el recurso de apelación subsidiariamente con el de reforma.
- C.Podrá interponerse recurso de reposición, y contra los autos denegatorios de la reposición podrá ser interpuesto recurso de apelación en un efecto subsidiariamente con el de reforma en los casos en que la Ley expresamente lo permita.
- D.Podrá interponerse recurso de reposición, y contra los autos denegatorios de la reposición podrá ser interpuesto recurso de apelación en un efecto subsidiariamente con el de reposición.
Explicación
La respuesta correcta es A. Contra el auto de procesamiento podrá interponerse recurso de reforma, y contra los autos denegatorios de la reforma, recurso de apelación en un efecto, según el artículo 217 LECrim.