Según el artículo 145 de la Constitución Española, los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de:
- A.Una asamblea compuesta por los Diputados y Senadores elegidos en ellas.
- B.Una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación o órgano interinsular de las provincias afectadas.
- C.Las Cortes Generales.Respuesta correcta
- D.Por las asambleas legislativas de ambas comunidades.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 145.2 CE exige autorización de las Cortes Generales para acuerdos de cooperación entre CCAA distintos a los convenios de gestión de servicios propios.