¿Qué afirmación no es correcta sobre la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, que regula el artículo 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil?:
- A.No será necesaria reclamación previa en vía administrativa para formular oposición, ante los tribunales civiles, a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores.
- B.Las resoluciones administrativas en materia de protección de menores podrá oponerse dentro de los dos meses desde su notificación.Respuesta correcta
- C.El Letrado de la Administración de Justicia reclamará a la entidad administrativa un testimonio completo o copia auténtica del expediente, que deberá ser aportado en el plazo de veinte días.
- D.El proceso de oposición a una resolución administrativa en materia de protección de menores se iniciará mediante la presentación de un escrito inicial en el que el actor sucintamente expresará la pretensión y la resolución a que se opone.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 780 LEC no establece un plazo de dos meses para oponerse a resoluciones administrativas en protección de menores; las resoluciones administrativas en esta materia tienen su propio régimen procesal específico.