Según la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, si el servicio de comunicaciones telemáticas o electrónicas resultase insuficiente para la presentación de los escritos o documentos, se deberá presentar en soporte electrónico en la oficina judicial:
- A.En el plazo de tres días, junto con el justificante expedido por el servidor de haber intentado la presentación sin éxito.
- B.En el plazo de diez días, junto con el justificante expedido por el servidor de haber intentado la presentación sin éxito.
- C.En el plazo de cinco días, junto con el justificante expedido por el servidor de haber intentado la presentación sin éxito.
- D.Ese día o el día siguiente hábil, junto con el justificante expedido por el servidor de haber intentado la presentación sin éxito.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 135 bis LEC establece que si falla servicio telemático, escritos se presentan en soporte electrónico en oficina judicial ese día o día siguiente hábil, preservando caducidad.