La ejecución material de las resoluciones adoptadas por la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, para que se retiren contenidos que vulneren la propiedad intelectual, corresponde a:
- A.Los Juzgados de lo Contencioso-administrativo.
- B.La Sala de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia.
- C.Los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo.
- D.La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. La ejecución material de resoluciones de retirada de contenidos de la Comisión de Propiedad Intelectual corresponde a la Sala Contencioso-administrativa de la Audiencia Nacional (artículo 122 bis LJCA).