En el ámbito del procedimiento abreviado, en la jurisdicción contencioso-administrativa, el expediente administrativo por la Administración debe ser remitido:
- A.Con al menos cinco días de antelación del término señalado para la vista.
- B.Con al menos diez días de antelación del término señalado para la vista.
- C.Con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.
- D.En el procedimiento abreviado no es necesaria la remisión del expediente administrativo.Respuesta correcta
Explicación
En el procedimiento abreviado contencioso-administrativo, la naturaleza oral del proceso dispensa de la necesidad de remisión previa del expediente administrativo, permitiendo el debate directo entre partes.