En los litigios entre Administraciones públicas:
- A.Es preceptiva la interposición de recurso en vía administrativa.
- B.Es potestativa la interposición de recurso en vía administrativa.
- C.No cabe interponer recurso en vía administrativa.Respuesta correcta
- D.Cabe recurso en vía administrativa en los casos expresamente previstos en la ley.
Explicación
En litigios entre Administraciones públicas no cabe recurso previo en vía administrativa porque las Administraciones están en posición de igualdad jurídica.