La tramitación del proceso de adopción, según el artículo 34.1 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, en los 15 días siguientes a su citación, tendrá carácter:
- A.Preferente y se practicará con intervención del Ministerio Fiscal.
- B.Normal y se practicará con intervención del Ministerio Fiscal.
- C.Preferente, si así lo pide el Ministerio Fiscal.
- D.Urgente y se practicará con intervención del Ministerio Fiscal.Respuesta correcta
Explicación
El proceso de adopción tiene carácter urgente y se tramita con intervención preceptiva del Ministerio Fiscal, acelerando su resolución por afectar derechos fundamentales de menores.