Según dispone el artículo 639.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde la realización de los bienes intervenga perito, éste entregará la valoración de los bienes embargados al Tribunal:
- A.En los dos días siguientes a la aceptación del encargo.
- B.En el plazo de veinte días a contar desde la aceptación del encargo.Respuesta correcta
- C.En el plazo de diez días a contar desde la aceptación del encargo.
- D.En el plazo de doce días a contar desde la aceptación del encargo.
Explicación
El perito debe entregar su valoración de bienes embargados simultáneamente al tribunal y a las partes personadas dentro del plazo legal establecido desde la aceptación del encargo.