El sindicato adquirirá personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, desde el depósito de los estatutos en la Oficina pública:
- A.Transcurridos veinte días hábiles.
- B.Transcurridos siete días hábiles.Respuesta correcta
- C.Transcurridos tres días naturales.
- D.Transcurridos cinco días naturales.
Explicación
El sindicato adquiere personalidad jurídica plena transcurridos veinte días hábiles desde el depósito de sus estatutos en la oficina pública, salvo objeción de la autoridad laboral.