Según el artículo 454.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Letrados de la Administración de Justicia facilitarán la información sobre el estado de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas:
- A.Exclusivamente a las partes del proceso.
- B.A las partes interesadas y a cuantos manifesten y justifiquen un interés legítimo y directo.
- C.Exclusivamente a aquellos que manifesten y justifiquen un interés legítimo y directo.
- D.No pueden facilitar información sobre el estado de las actuaciones judiciales.Respuesta correcta
Explicación
Los Letrados de la Administración de Justicia facilitan información sobre el estado de actuaciones a partes e interesados que justifiquen legítimo interés.