Según el artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en cada provincia, con jurisdicción en toda ella y sede en su capital, habrá Juzgados de lo Social, también podrán establecerse en poblaciones distintas de la capital de provincia cuando:
- A.Las necesidades del servicio o la proximidad a determinados núcleos de trabajo lo aconsejen.Respuesta correcta
- B.Unicamente cuando las necesidades del servicio lo aconsejen,
- C.Únicamente cuando la proximidad a determinados núcleos de trabajo lo aconsejen.
- D.No podrán establecerse en poblaciones distintas de la capital de provincia.
Explicación
En cada provincia habrá Juzgados de lo Social con jurisdicción en toda ella y sede en la capital. Pueden establecerse en poblaciones distintas cuando las necesidades del servicio o la proximidad a determinados núcleos de trabajo lo aconsejen. Ambos criterios alternativos sirven para justificar la descentralización: necesidades organizativas o ubicación estratégica respecto a centros económicos.