En el proceso monitorio, si el deudor presentare escrito de oposición dentro de plazo:
- A.El asunto se resolverá definitivamente en juicio que corresponda, pero la sentencia que se dicte no tendrá efecto de cosa juzgada. '
- B.El asunto se resolverá definitivamente en juicio verbal, teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada.
- C.El asunto se resolverá definitivamente en juicio ordinario, teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada.
- D.El asunto se resolverá definitivamente en juicio que corresponda, teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada.Respuesta correcta
Explicación
El proceso monitorio es un procedimiento civil ágil para cobro de deudas líquidas que puede convertirse en contencioso completo si el deudor se opone. Si el deudor presenta escrito de oposición dentro del plazo establecido, el asunto se traslada al procedimiento jurisdiccional correspondiente según la cuantía reclamada: juicio verbal o juicio ordinario. La sentencia dictada en este segundo procedimiento jurisdiccional tiene efectos plenos de cosa juzgada, es decir, se torna firme e irrecurrible después de agotar los recursos procesales previstos por ley.