Pregunta 45

Tramitación Procesal y Administrativa - 2023 - Tramitación Procesal y Administrativa

¿En qué casos debe hacerse constar la fillación materna en las inscripciones de nacimiento ocurridas en España?:

  • A.En todas las Inscripciones salvo las relativas a menores en situación de desamparo cuya filiación sea desconocida.Respuesta correcta
  • B.En todas las Inscripciones, salvo las referidas a menores en situación de desamparo cuya filiación sea desconocida y supuestos de renuncia de la madre a los derechos derivados de la filiación.
  • C.En todas las inscripciones, salvo las referidas a supuestos de renuncia de la madre a los derechos derivados de la filiación.
  • D.En todo caso, pues si la filiación materna resulta desconocida, el encargado del Registro Civil fijará como tal una identidad fictici| mediante un nombre y apellidos de uso corriente. 5

Explicación

La Ley del Registro Civil establece que la filiación materna debe constar en todas las inscripciones de nacimiento en España con una salvedad limitada. El artículo 44 regula que la filiación materna constará en el registro sin excepciones, salvo únicamente en el caso de menores en situación de desamparo cuya filiación sea desconocida. Esta disposición refleja la importancia legal de documentar la filiación materna. La renuncia de la madre a derechos derivados de la filiación no constituye causa para omitir su constancia en el registro. La ley protege el derecho de los menores a conocer su identidad biológica.