De conformidad con el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las diligencias de instrucción desde la fecha de incoación de sumario o de las diligencias previas, se practicarán durante el plazo máximo de: 3) Doce meses sin perjuicio de la declaración de prórroga por declaración de complejidad de la causa.
- A.Doce meses sin perjuicio de la declaración de prórroga por declaración de complejidad de la causa.Respuesta correcta
- B.Quince meses sin perjuicio de la declaración de prórroga por declaración de complejidad de la causa.
- C.Cinco meses sin perjuicio de la declaración de prórroga por declaración de complejidad de la causa.
- D.Seis meses sin perjuicio de la declaración de prórroga por declaración de complejidad de la causa.
Explicación
La fase de investigación en procedimientos penales complejos (sumario o diligencias previas) está sujeta a plazos máximos para evitar dilaciones injustificadas del proceso penal. El plazo general es de doce meses desde la incoación de las diligencias investigativas. Si la complejidad intrínseca del asunto lo justifica técnicamente, el Juez puede acordar prórrogas sucesivas por periodos de hasta seis meses cada una. El sistema de plazos busca garantizar que la investigación avance sin demoras innecesarias, pero permite ajustes cuando la causa lo requiere objetivamente.