Una vez sancionados y promulgados los Estatutos de Autonomía, solamente podrán ser modificados mediante:
- A.Mayoría absoluta de cada Cámara de las Cortes Generales.
- B.Los procedimientos en ellos establecidos y con referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes.Respuesta correcta
- C.Mayoría simple de cada Cámara de las Cortes Generales.
- D.Por el Gobierno previo dictamen del Consejo de Estado.
Explicación
Los Estatutos de Autonomía solo pueden modificarse conforme al procedimiento previsto en ellos y requieren aprobación por las Cortes Generales mediante ley orgánica y, en muchos casos, referéndum estatutario.