En la ejecución civil la admisión de la tercería de dominio será razón suficiente:
- A.Para que el Letrado de la Administración de Justicia, a instancia de parte, ordene la mejora del embargo.
- B.Para que el Letrado de la Administración de Justicia, de oficio, ordene la mejora del embargo.
- C.Para que el Tribunal, a instancia de parte, ordene la mejora del embargo.Respuesta correcta
- D.Para que el Tribunal, de oficio, ordene la mejora del embargo.
Explicación
La admisión de tercería de dominio en ejecución civil es razón suficiente para que se ordene la mejora del embargo en los términos que establece la ley.