Las demandas de juicio declarativo civil verbal que pretendan retener o recobrar la posesión de una cosa o derecho no serán admitidas si se presentan transcurrido el plazo de:
- A.Tres años, a contar desde el acto de la perturbación o el despojo.Respuesta correcta
- B.Un año, a contar desde el acto de la perturbación o el despojo.
- C.Cinco años, a contar desde el acto de la perturbación o el despojo.
- D.Dos años, a contar desde el acto de la perturbación o el despojo.
Explicación
Las demandas posesoras verbales no se admiten si se presentan pasado el plazo legal establecido desde el acto de perturbación o despojo de la cosa o derecho.