En el ámbito de las diligencias previas, practicadas las diligencias pertinentes, si el Juez considera que los hechos constituyen delito comprendido en el artículo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
- A.Dictará auto de apertura de juicio oral y seguidamente dará traslado por su orden al Ministerio Fiscal, acusaciones personadas y defensas, para que formulen sus escritos de calificación.
- B.Dará traslado al Ministerio Fiscal y a las partes personadas para que se pronuncien sobre la procedencia de apertura del juicio oral o sobreseimiento y, excepcionalmente, la práctica de diligencias de instrucción.
- C.Dará traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal y acusaciones personadas para que en plazo común de diez días soliciten apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o excepcionalmente diligencias complementarias.Respuesta correcta
- D.Dictará auto concluyendo las diligencias y remitiendo las actuaciones al órgano de enjuiciamiento para la preparación del juicio oral.
Explicación
En procedimiento abreviado, si los hechos constituyen delito del artículo 757 LECrim, el juez dará traslado al Ministerio Fiscal para que en plazo común solicite apertura de juicio oral.