Cuando se suscitaren cuestiones de competencia del Juzgado o de recusación del Letrado de la Administración de Justicia ante quien se celebre el acto de conciliación, se tendrá:
- A.Por celebrada la comparecencia sin más trámites.
- B.Por desistida la comparecencia sin más trámites.
- C.Por caducada la comparecencia.
- D.Por intentada la comparecencia sin más trámites.Respuesta correcta
Explicación
Cuando en acto de conciliación surgen cuestiones de competencia o recusación del Letrado, se tiene por intentada la comparecencia sin más trámites, evitando dilaciones.