Pregunta 69

Tramitación Procesal y Administrativa - 2018 - Tramitación Procesal y Administrativa

¿En qué supuestos pueden los jueces de instrucción practicar diligencias en lugar no comprendido en el territorio de su jurisdicción?:

  • A.Cuando el territorio en que haya de practicarse la diligencia se hallare próximo y ello resultare conveniente, debiendo comunicarlo al Consejo General del Poder Judicial.
  • B.Cuando el territorio en que haya de practicarse la diligencia se hallare próximo y ello resultare conveniente, previa autorización del juez competente.
  • C.Cuando el territorio en que haya de practicarse la diligencia se hallare próximo y ello resultare conveniente, dando inmediata noticia al juez competente.Respuesta correcta
  • D.Cuando el territorio en que haya de practicarse la diligencia se hallare próximo y ello resultare conveniente, debiendo comunicarlo al Tribunal superior común.

Explicación

Los Jueces de instrucción pueden actuar fuera de su territorio cuando el territorio se halle próximo y resulte conveniente, practicando diligencias y dando inmediata noticia al juez territorialmente competente. Esta flexibilidad procesal responde a razones de eficacia investigadora. No se requiere autorización previa del tribunal superior ni comunicación al CGPJ; basta la notificación inmediata al juez competente.