¿Quién es competente para conocer de los actos de conciliación sobre cualquier controversia inmobiliaria, urbanística y mercantil, siempre que no recaiga sobre materia indisponible, con la finalidad de alcanzar un acuerdo extrajudicial?
- A.El Ministerio Fiscal.
- B.Los Registradores de la Propiedad.Respuesta correcta
- C.Los Jueces y Magistrados.
- D.Los Jueces de Paz.
Explicación
Los Registradores de la Propiedad y Mercantiles son competentes para conocer actos de conciliación sobre controversias inmobiliarias, urbanísticas y mercantiles que no recaigan en materia indisponible.