En la jurisdicción contencioso-administrativa, contra el auto desestimatorio de las alegaciones previas:
- A.Podrá interponerse recurso de súplica.
- B.Podrá interponerse recurso de reposición.
- C.Podrá interponerse recurso de apelación en un solo efecto.
- D.No es susceptible de recurso.Respuesta correcta
Explicación
En la jurisdicción contencioso-administrativa, el auto desestimatorio de las alegaciones previas no es susceptible de recurso alguno. Sin embargo, la cuestión sobre el fondo de las alegaciones desestimadas puede reproducirse en el recurso ordinario posterior o en los recursos de apelación y casación que se interpongan contra la sentencia definitiva. Esta regla economiza los recursos procesales al evitar incidentes recursivos durante la fase preparatoria del proceso.