Pregunta 59

Tramitación Procesal y Administrativa - 2010 - Tramitación Procesal Libre

Cuando la presentación de un escrito esté sujeta a plazo:

  • A.Podrá efectuarse hasta las quince horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo, en el servicio común procesal creado al efecto o, de no existir éste, en la sede del órgano judicial.
  • B.Podrá efectuarse hasta las catorce horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo, en el servicio común procesal creado al efecto o, de no existir éste, en la sede del órgano judicial.
  • C.Podrá efectuarse hasta las quince horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo, en el servicio común procesal creado al efecto.Respuesta correcta
  • D.Podrá efectuarse antes de las dos horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo, en el servicio común procesal creado al efecto o, de no existir éste, en la sede del órgano judicial.

Explicación

El artículo 135 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el plazo para presentar escritos sujetos a un término procesal. Cuando vence el plazo, la presentación puede efectuarse hasta las quince horas del día hábil siguiente, en el servicio común procesal o, en su defecto, en la sede del órgano judicial competente. Esta prórroga tácita de veinticuatro horas protege a las partes que procrastinen sin intención maliciosa, permitiendo que el sistema procesal no se colapse por falta de presentación puntual.