Según el RD 67/2010 sobre adaptación de la Prevención de Riesgos Laborales en la Administración general del Estado, al órgano específico de participación y negociación de las organizaciones sindicales en materia de prevención de riesgos laborales será:
- A.El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- B.La Inspección de Personal de Servicios y Servicios de Seguridad.
- C.La Comisión Técnica de Prevención de Riesgos Laborales.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El Real Decreto 67/2010 designa la Comisión Técnica de Prevención de Riesgos Laborales como el órgano específico de participación y negociación de las organizaciones sindicales en materia de prevención de riesgos laborales en la Administración General del Estado. Aunque existen otros órganos de participación, esta Comisión es el foro oficial de consulta y negociación sindical.