Pregunta 48

Policía Nacional - 2024 - Policía Nacional - Escala Básica

El que ocupare una vivienda, sin la debida autorización o se mantuviera en ella en contra de la voluntad de su titular, cometerá un delito de usurpación:

  • A.Cuando la vivienda constituya morada.
  • B.Cuando la vivienda no constituya morada.Respuesta correcta
  • C.Al tratarse de una vivienda constituirá en todo caso, un delito de allanamiento de morada.

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 245.2 del Código Penal tipifica el delito de usurpación (u «okupación») cuando se ocupa sin autorización una vivienda que NO constituya morada, o se permanece en ella contra la voluntad de su propietario. Si la vivienda sí constituye morada, el delito aplicable es el de allanamiento de morada, no usurpación. La distinción entre vivienda que es morada y vivienda que no lo es resulta crucial para la calificación jurídica.