En relación a los derechos de las mujeres víctimas de violencia de género, se debe tener en cuenta la siguiente consideración respecto a la asistencia jurídica:
- A.Las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico solamente después de haber interpuesto denuncia.
- B.Las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia, sólo si lo solicitan del letrado particular.
- C.Las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 20 de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género garantiza el derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de denuncia, un derecho fundamental que no requiere esperar a haber denunciado ni contratar letrado privado.