La cooperación NO necesaria o complicidad a la muerte del suicida es:
- A.Atípica, ya que se tipifica cualquier acto de colaboración activa.
- B.Punible, porque se tipifica la inducción y la cooperación, sea necesaria o no.
- C.Atípica, ya que sólo se tipifica la inducción y cooperación necesaria.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 143 CP tipifica solo inducción (art. 143.1) y cooperación necesaria (art. 143.2) al suicidio. Complicidad o cooperación no necesaria es conducta atípica, no punible. Numerus clausus en participación de suicidio ajeno según legislación penal.