Es una circunstancia agravante de la responsabilidad criminal:
- A.Ejecutar el hecho con abuso de confianza, de forma que se debilite la defensa del ofendido o facilite la impunidad del delincuente.
- B.Cometer el delito por razones de aporofobia, independientemente de que tal circunstancia concurra o no en la víctima.Respuesta correcta
- C.Aumentar inhumanamente el sufrimiento de la víctima, sea o no deliberado.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 22.4 del Código Penal (Ley Orgánica 8/2021) establece como agravante cometer delito por aporofobia, independientemente de que tal condición concurra en la víctima. La opción A confunde dos agravantes distintas (abuso de confianza y alevosía), y la C exige que el ensañamiento sea deliberado, no facultativo.