A lo largo del texto de la Constitución Española se hace referencia al término seguridad con distintas acepciones en los siguientes artículos:
- A.Seguridad jurídica garantizada en el artículo 104.
- B.Seguridad ciudadana garantizada en el artículo 9.
- C.Seguridad pública como competencia exclusiva del Estado en el artículo 149.1.29.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 149.1.29 de la Constitución atribuye al Estado competencia exclusiva sobre seguridad pública. La seguridad jurídica se garantiza en el artículo 9.3 y la seguridad ciudadana aparece en el artículo 104, diferenciándose claramente de la seguridad pública.