Según la normativa de Espectáculos Públicos en Aragón, el personal de Seguridad Privada podrá:
- A.Ejercer al mismo tiempo servicio de admisión y de vigilancia.
- B.Cualquier función y actividad que le ordene el titular del establecimiento al mismo tiempo.
- C.Realizar servicio de admisión cuando no ejerza como vigilante de seguridad.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El Decreto 143/2018 aragonés establece que el vigilante de seguridad NO podrá ejercer simultáneamente funciones de admisión. Ambas funciones son incompatibles cuando se ejercen al mismo tiempo.