A las reuniones de las Juntas Locales de Seguridad, según se recoge en el RD 1087/2010, sin participar en la adopción de acuerdos podrán también asistir:
- A.Los superiores jerárquicos de los vocales miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que formen parte de la Junta, previo acuerdo de la presidencia.
- B.Autoridades, funcionarios y cualesquiera otras personas, que por sus funciones, conocimientos o condiciones, puedan contribuir a un mejor conocimiento de algún tema concreto, con previa notificación a la presidencia.
- C.Ninguna de las dos respuestas es correcta.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El RD 1087/2010 sobre Juntas Locales de Seguridad establece que pueden asistir sin participar en acuerdos los superiores jerárquicos de los vocales miembros de Fuerzas de Seguridad y otras personas invitadas por la presidencia. Las opciones A y B contienen imprecisiones en la redacción de estos requisitos.