Contra las resoluciones sancionadoras en materia de tráfico según recoge el RDL 6/2015, se podrá:
- A.Interponer el recurso de reposición que suspenderá la ejecución del acto hasta que este sea resuelto.
- B.Interponer el recurso de reposición que se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo fijado.
- C.Ambas respuestas son erróneas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Contra resoluciones sancionadoras de tráfico cabe recurso de reposición potestativo que no suspende ejecución según RDL 6/2015. Ambas opciones contienen errores: A asume suspensión que no existe, y B fija plazos genéricos sin reconocer que sanciones ejecutivas no se frenan por recursos.