Según establece el RDL 6/2015 respecto de la alcoholemia, a efectos de contraste, y a petición del interesado, se podrán repetir las pruebas para la detección de alcohol o de drogas, por consistir:
- A.Preferentemente en análisis de sangre, salvo causas excepcionales debidamente justificadas.Respuesta correcta
- B.Etilómetro, en análisis de sangre y orina.
- C.Exclusivamente en análisis de sangre, orina o análogo.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 14.5 del Real Decreto Legislativo 6/2015 establece que a petición del interesado, pruebas de alcohol o drogas se repiten consistiendo preferentemente en análisis de sangre. La palabra clave es 'preferentemente', respetando opción de repetición como garantía procesal.