Se consideran interesados en el procedimiento administrativo, según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (señalar la incorrecta):
- A.Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.Respuesta correcta
- B.Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
- C.Aquellos cuyos intereses legítimos, únicamente individuales, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 4.1 de la Ley 39/2015 define los interesados en el procedimiento administrativo incluyendo titulares de derechos e intereses legítimos individuales o colectivos. La opción A reproduce correctamente la definición legal de interesados.