Elija la respuesta correcta. De conformidad con el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, la inscripción en el Padrón Municipal de extranjeros sin autorización de residencia de larga duración, no pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea, ¿cada cuánto tiempo debe ser objeto de renovación periódica?
- A.Cada año.
- B.Cada dos años.Respuesta correcta
- C.Cada cuatro años.
- D.Cada cinco años.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 16.1 del Real Decreto 1690/1986 sobre Población y Demarcación Territorial establece que la inscripción en el Padrón Municipal de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración debe ser objeto de renovación periódica cada dos años. Si no se renueva en este plazo, puede procederse a dar de baja la inscripción padronal.