Pregunta 75

Policía Local - 2025 - Policía Local - Valdemoro

Una vez notificada la providencia de apremio, ¿Cuándo deberá efectuarse el pago de la deuda Tributaria?

  • A.Si la notificación de la providencia se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 de dicho mes o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación de la providencia se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del mes siguiente, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Respuesta correcta
  • B.Si la notificación de la providencia se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación de la providencia se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  • C.siempre tendrá un plazo no inferior a dos meses.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 62.5 de la Ley 58/2003 establece que en período ejecutivo, si notificación va del 1 al 15 vence el día 20 de ese mismo mes; si del 16 al último vence el día 5 del mes siguiente. Plazos son más cortos que en voluntario.