Pregunta 72

Policía Local - 2025 - Policía Local - Valdemoro

De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley General Tributaria, los recargos del periodo ejecutivo son de tres tipos. ¿Cuáles son?

  • A.recargo por declaración extemporánea, recargo de apremio reducido y recargo de apremio ordinario.Respuesta correcta
  • B.recargo ejecutivo, recargo de apremio reducido y recargo de apremio ordinario.
  • C.recargo ejecutivo, recargo de apremio ordinario y recargo de apremio extraordinario.

Explicación

La respuesta correcta es A según la oficialización. Sin embargo, el artículo 28 de la Ley 58/2003 define tres recargos del período ejecutivo: recargo ejecutivo (5%), recargo de apremio reducido (10%) y recargo de apremio ordinario (20%). El recargo por declaración extemporánea regulado en el artículo 27 es un recargo diferente, no parte del período ejecutivo. Se recomienda revisar esta pregunta.