Según se establece en el art. 5 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, es entre otras de las funciones comprensibles a la fe pública:
- A.La organización de la custodia de fondos, valores y efectos, de conformidad con las directrices señaladas de la Presidencia
- B.La suscripción de las actas de arqueo
- C.La formación de la Cuenta General de la Entidad Local
Explicación
Esta pregunta fue anulada por el tribunal.