Según dispone el art. 68 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la renuncia voluntaria a la condición de funcionario:
- A.Inhabilitará para ingresar de nuevo en la Administración Pública a través del procedimiento de selección establecido
- B.Podrá ser aceptada cuando el funcionario esté sujeto a expediente disciplinario o haya sido dictado contra él auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito
- C.Habrá de ser manifestada por escritoRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 68 del TREBEP establece que la renuncia voluntaria a la condición de funcionario debe manifestarse por escrito. La renuncia no inhabilitará para ingresar nuevamente en la Administración ni podrá aceptarse si hay expediente disciplinario.