De conformidad con el art. 37 del Real Decreto 2568/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales ¿cuándo se constituyen las Corporaciones Locales?
- A.El vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones
- B.El cuadragésimo día posterior a la celebración de las elecciones
- C.El vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones, salvo que se hubiera presentado recurso contencioso electoral contra la proclamación de los Concejales electos, en cuyo supuesto se constituyen el cuadragésimo día posterior a las eleccionesRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 37 del Real Decreto 2568/1986 (ROF) establece que las Corporaciones Locales se constituyen el vigésimo día posterior a las elecciones. Si existe recurso contencioso-electoral, la constitución se aplaza al cuadragésimo día para resolver los conflictos electorales.