Según el artículo 11.3 de la Constitución Española de 1978, en los países iberoamericanos podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen:
- A.Siempre que tales países reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco.
- B.Aunque no hayan tenido o tengan una particular vinculación con España.
- C.Aún cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 11.3 de la Constitución Española autoriza al Estado a concertar tratados de doble nacionalidad con países iberoamericanos, permitiendo que los españoles se naturalicen conservando su nacionalidad de origen. La clave está en que esto es posible incluso cuando los otros países no reconozcan derechos recíprocos a sus ciudadanos.