La Constitución Española en su artículo 16 dispone:
- A.La libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y de las comunidades autónomas.
- B.Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las comunidades islámicas.
- C.Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 16.2 de la Constitución Española establece textualmente: 'Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.' La opción A es incorrecta por decir 'comunidades autónomas', y la opción B es incorrecta por mencionar específicamente 'comunidades islámicas' cuando el texto dice 'las demás confesiones'.