Según el artículo 1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, ¿cómo se define Andalucía?
- A.Como nacionalidad histórica.Respuesta correcta
- B.Como una comunidad con valores históricos.
- C.Como una región con autonomía política.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007) define a Andalucía como 'nacionalidad histórica'. Este concepto se basa en la disposición transitoria segunda de la Constitución Española, que permitía un procedimiento especial de acceso a la autonomía para territorios con historia autonómica previa.