En un Municipio de Régimen Común, la enajenación de un bien declarado de valor histórico, cuyo valor no supere los tres millones de euros, es una atribución que corresponde:
- A.Al Alcalde.
- B.Al Pleno.Respuesta correcta
- C.A la Junta de Gobierno Local.
Explicación
La respuesta correcta es B. La enajenación de bienes declarados de valor histórico, incluso cuando su valor no supera los tres millones de euros, constituye una decisión que afecta al patrimonio municipal de especial protección y requiere aprobación plenaria conforme al artículo 22.2 de la LRBRL, que preserva para el Pleno las alteraciones cualitativas del dominio público.