En referencia al artículo 251 bis del Código Penal, cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis del Código Penal una persona jurídica sea responsable de los delitos comprendidos en esta Sección (de las estafas), se le impondrán las siguientes penas:
- A.Multa del triple al quíntuple de la cantidad defraudada, si el delito cometido por la persona jurídica tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años.
- B.Multa del doble al cuádruple de la cantidad defraudada, en el resto de los casos.Respuesta correcta
- C.Multa del triple al quíntuple de la cantidad defraudada, en el resto de los casos.
Explicación
La respuesta correcta es B. Cuando una persona jurídica es responsable de estafa conforme al artículo 31 bis, se le impone multa del doble al cuádruple de la cantidad defraudada. Esta responsabilidad penal de personas jurídicas se introdujo por la LO 5/2010.