En cuanto a los miembros del cuerpo de la policía local, el pase a la situación de segunda actividad por razón de edad tendrá lugar cuando se trate de la escala ejecutiva, al cumplirse:
- A.56 años de edad.
- B.57 años de edad.Respuesta correcta
- C.58 años de edad.
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía establece edades específicas de pase a segunda actividad por escala. Para el personal de escala ejecutiva, el pase a segunda actividad por razón de edad ocurre al cumplirse 57 años de edad.